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La Anmat prohibió unas galletitas, un orégano y otros productos

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica ( Anmat), prohibió este jueves, a través del Boletín Oficial, unas galletitas de vainilla con chips de chocolate de la marca Nina Chocochips y un orégano en hojas de la marca Dusen; también un producto odontológico y 158 bombas de infusión.

Según se indicó en la disposición 8271/2019, se prohibió la comercialización en todo el territorio nacional del producto rotulado como \"Galletitas de Vainilla con chips de chocolate\" - Libre de gluten. Sin TACC. Libre de lácteos. Con azúcar orgánica, marca Nina Chocochips\", ya que no cumplían con la normativa alimentaria vigente.

También, la Anmat prohibió otro producto alimenticio. En la disposición 8273/2019 indicó que el \"Orégano en hojas, marca Dusen, Lote: 07/11/18, Fecha de vto.: 30/04/2020, RNPA N° 02-521851\" se hallaba en infracción por estar contaminado. \"Al presentar en la observación macroscópica una larva viva y en la observación microscópica nematodes vivos y muertos, resultando ser en consecuencia ilegal\", indicó la Administración.

Asimismo, se dispuso en otro considerando prohibirse el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional de un lote de un producto odontológico, por no contar con los datos del importador responsable en la Argentina. Al parecer, se trata de un cemento de ionómero de vidrio que se utiliza en los tratamientos restauradores y preventivos.

\"Prohíbese el uso, la comercialización y distribución en todo el territorio nacional del lote Nº 9360 0086 del producto \"MASTER-DENT/GLASS IONOMEER/LUTING CEMENT\", contiene \"GLASS IONOMER luting cement/TYPE I/REF: 10-400-P/POWDER 15 g/lot 9360 0086/Dentonics, inc./Made in USA\" y \"GLASS IONOMER luting cement/ TYPE I/REF: 10-400-L/LIQUID 15 ml/lot 9360 0086/Dentonics, inc./Made in USA\", se decretó en la disposición 8274/2019.

Por último, la Anmat prohibió 158 bombas de infusión, una herramienta médica que se utiliza para inyectar fluidos, medicación o nutrientes en el sistema circulatorio del paciente. En la disposición 8275/2019 se detalló que la empresa fabricante e importadora de estos productos notificó el extravío de estas piezas, por lo que la Administración dispuso, a fin de proteger a los eventuales adquirientes y usuarios, prohibir el uso y la distribución en todo el territorio nacional.

Los modelos específicos fueron detallados a través de un anexo, que se puede ver a continuación:

 

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