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La Justicia declaró inválido el veto de Milei a la Ley de Emergencia en Discapacidad

El Juzgado Federal de Campana dio un paso clave al declarar la nulidad del decreto con el que el Gobierno nacional había vetado la Ley de Emergencia en Discapacidad. El fallo restablece automáticamente la vigencia de la norma aprobada por el Congreso y enfatiza que la protección de los derechos de niños con discapacidad debe estar por encima de cualquier restricción presupuestaria.

La resolución fue firmada por el juez Adrián González Charvay, quien intervino a partir del amparo presentado por los padres de dos menores con discapacidad. En su planteo, los demandantes advirtieron que el veto dejaba sin respaldo legal a numerosas prestaciones y ponía en riesgo derechos básicos como la salud, la educación, la rehabilitación y la inclusión plena.

El magistrado consideró que el decreto del Poder Ejecutivo “produce un deterioro progresivo en la calidad de los servicios y prestaciones” destinados a un grupo especialmente vulnerable, al tiempo que recordó que el Estado argentino tiene obligaciones internacionales en materia de derechos humanos que le impiden retroceder en materia de protección social.

La sentencia subrayó que las personas con discapacidad –y en particular los niños– se encuentran en situación de “múltiple vulnerabilidad”, por lo que requieren una atención prioritaria por parte del Estado. En ese sentido, citó precedentes de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que reconocen el derecho autónomo al cuidado y la obligación estatal de garantizarlo.

Con la impugnación del decreto, vuelve a regir la Ley 27.793, que declara la emergencia en el sector hasta el 31 de diciembre de 2027. Entre otras medidas, la norma establece compensaciones arancelarias, actualiza las prestaciones y refuerza las pensiones no contributivas por invalidez, elevándolas al 70% del haber mínimo jubilatorio. Además, habilita la compatibilidad entre esas pensiones y el empleo formal, siempre que los ingresos no superen el equivalente a dos salarios mínimos.

El Gobierno nacional, a través del Decreto 534/2025, había argumentado que la ley generaba un gasto adicional superior a los 7 billones de pesos en 2025 y más de 17 billones en 2026, sin contar con fuentes de financiamiento suficientes ni estudios actuariales que garantizaran su viabilidad. Ahora podrá apelar la decisión ante la Cámara Federal de San Martín.

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