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Las personas con celiaquía tienen derecho a obtener una pensión no contributiva en la Argentina

 

La celiaquía es una enfermedad que, en Argentina, afecta estimativamente a 1 de cada 100 personas, de acuerdo a las cifras publicadas por el Ministerio de Salud de la Nación. Se trata de la enfermedad intestinal crónica que se manifiesta más frecuentemente.

Hace ocho años, en 2009, se sancionó la Ley nacional n° 26.588 con el objetivo de favorecer a todas aquellas personas que padecen esta patología, que les impide el consumo de TACC (Trigo, Avena, Cebada y Centeno).  A través de ella, se dispuso como de interés nacional la atención médica, la investigación clínica y epidemiológica, la capacitación profesional en la detección temprana, diagnóstico y tratamiento de la enfermedad celíaca, al mismo tiempo que su difusión y el acceso a los alimentos libres de gluten.

En la ley está contempla la ayuda que las personas celíacas deben recibir por parte de sus coberturas médicas en el artículo 9° –obras sociales enmarcadas en las leyes 23.660 y 23.661, la obra social del Poder Judicial de la Nación, la Dirección de Ayuda Social para el Personal del Congreso de la Nación, las entidades de medicina prepaga, las entidades que brinden atención al personal de las universidades y todos aquellos agentes que brinden servicios médicos asistenciales a sus afiliados independientemente de la figura jurídica que posean-.

Esta cobertura se debe realizar según requerimientos nutricionales establecidos y se debe actualizar su monto periódicamente de acuerdo al índice de precios al consumidor oficial del Instituto Nacional de Estadística y Censos -INDEC-.

Sin embargo, es necesario que los pacientes sepan que no es la única asistencia que pueden recibir. Al mismo tiempo, tienen derecho a recibir una ayuda alimentaria por parte del Estado, que se tramita en el Municipio de residencia. El objetivo es asistir a todos aquellos que, por sus condiciones de carencia, ameriten la asistencia estatal. Al mismo tiempo, las personas tienen acceso a una pensión no contributiva por celiaquía (PNC), otorgada por el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación. Así, se intenta otorgar una ayuda a las personas que padecen esta enfermedad, ya que los productos que consumen tienen un costo elevado por el proceso de fabricación que llevan. Si bien es compatible con otros subsidios, la PNC es incompatible con otras pensiones o jubilaciones, tanto del solicitante como del cónyuge. Los pacientes con celiaquía pueden solicitarla en las sedes municipales, los Centros de Atención Local (CAL) o en la Comisión Nacional de Pensiones. A su vez, quien solicite la pensión no debe tener bienes a su nombre, ni ingresos, ni recursos que permitan la subsistencia. El solicitante debe ser argentino o naturalizado, al tiempo que debe tener una residencia continua en el país de, al menos, cinco años. En caso de que el solicitante sea extranjero debe acreditar una residencia mínima en Argentina de 20 años.

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