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Pensión por discapacidad: habrá una auditoría masiva antes del cambio automático que fija la ley

El Gobierno avanzó con la reglamentación de la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad y definió cómo será el traspaso de las Pensiones No Contributivas vigentes a las nuevas “PNC por Discapacidad para Protección Social”. El cambio se realizará de oficio, pero estará acompañado por un esquema de verificación administrativa antes de consolidar el pase.

La norma se publica luego de un conflicto judicial: la Justicia ordenó al Poder Ejecutivo aplicar y reglamentar la ley de emergencia en forma inmediata, pese a que el Gobierno había buscado frenar su implementación argumentando limitaciones presupuestarias.

El decreto establece que todas las PNC otorgadas antes de la vigencia de la ley se convierten automáticamente al nuevo régimen. Para instrumentar esa conversión, la Autoridad de Aplicación deberá realizar una auditoría previa: identificar beneficiarios, relevar información y verificar que se cumplan las condiciones actuales de permanencia.

Uno de los puntos centrales es el control de compatibilidades e ingresos. La reglamentación habilita la posibilidad de trabajar en forma registrada (relación de dependencia o como monotributista) sin perder el beneficio, siempre que el ingreso total mensual no supere el equivalente a dos Salarios Mínimos, Vitales y Móviles; si se excede ese límite, la prestación se suspende. También mantiene compatibilidad con empleo protegido y con asignaciones como AUH o Asignación por Embarazo, si se cumplen sus requisitos.

En paralelo, el texto busca evitar la superposición de prestaciones: quedarán fuera quienes cobren una jubilación, otra pensión no contributiva o una pensión por fallecimiento. Además, se prevén incompatibilidades por patrimonio elevado (bienes que evidencien capacidad económica suficiente) y, en menores, cuando exista un progenitor o tutor con ingresos que cubran adecuadamente sus necesidades, salvo casos de imposibilidad de brindar alimentos.

Por último, la reglamentación ordena convocar al Consejo Federal de Discapacidad (COFEDIS) para precisar parámetros socioeconómicos y fija un plazo de 30 días para que la Secretaría Nacional de Discapacidad presente un plan de auditorías periódicas. El control se apoyará en cruces de datos con ANSES, ARCA y el Ministerio de Salud, y obliga a los beneficiarios a informar cambios de ingresos o domicilio dentro de los 15 días hábiles.

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