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Prepagas medicinales: qué hacer y cómo reclamar si llegan facturas sin el descuento de mayo

Luego de que el Gobierno de Javier Milei liberara los precios del sector de medicina prepaga, y que las empresas aplicaran aumentos desmedidos, finalmente la nueva gestión decidió establecer un nuevo mecanismo de actualización respecto de los valores para las cuotas de cobertura de salud.

Cabe destacar que -en el medio-, el Presidente decidió recurrir a la Justicia para demandar a Swiss Medical y otras firmas por los incrementos "desmedidos" y obligarlas a retrotraer precios al mes de diciembre. FInalmente, más de 20 compañías del rubro fueron investigadas y algunas de ellas se comprometieron a bajar precios entre un 22% y 26% para mayo.

Prepagas: cómo será la fórmula para aumentar cuotas

En el marco de la medida de tutela anticipada de la Secretaría de Comercio sobre los planes de medicina prepaga, el Gobierno aclaró este jueves que el valor de cuota de referencia para la aplicación de los aumentos máximos será el correspondiente a la cuota de diciembre de 2023, independientemente de su fecha de pago o facturación.

En este sentido, estos valores no podrán superar la cuota del plan de salud médico asistencial del mes de diciembre de 2023 multiplicada por (1 + la variación porcentual entre el Índice de Precios al Consumidor nivel general con cobertura nacional elaborado por el INDEC vigente al momento de la facturación correspondiente, y el mismo Índice correspondiente a diciembre de 2023).

De esta manera, para calcular el valor máximo de la cuota actual (dependiendo el caso podría ser de abril o de mayo), se deberá aplicar un ajuste, cómo máximo del 93,3% para la cuota de abril (es decir la inflación acumulada entre los meses de noviembre a febrero). Mientras que para la cuota de mayo se deberá aplicar como máximo un ajuste del 114,6% (es decir, la inflación acumulada en los meses de noviembre a marzo).

Por ejemplo, si la cuota es de abril, se deberá multiplicar el valor de la cuota de diciembre por 1,933 (si la misma se facturó después del 17 abril). Si la cuota es de mayo se deberá multiplicar el valor de la cuota de diciembre por 2,146.

Pagar o reclamar y esperar: qué hacer si prepagas no aplican descuentos

En la Secretaría de Comercio dejaron en claro que los reclamos no deben presentarse en la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia sino que se debe ir por la vía judicial.

Esta situación obligará a los afiliados que crean que no les hicieron la rebaja que dispuso el Gobierno a pagar los oficios de un abogado para la redacción de la demanda correspondiente.

"Nosotros emitimos las resoluciones, pero así como no podemos obligar a las empresas a devolver el dinero, tampoco tenemos herramientas para el caso que no cumplan. Hay que ir a la Justicia", insistieron

A modo de ejemplo indicaron: "Si el Congreso dicta una ley para que vaya preso alguien que cruzó un semáforo en rojo, la denuncia por esta infracción no es en el Parlamento sino en la justicia".

Una de las claves es realizar la presentación del amparo apenas se reciba la factura sin la rebaja para obtener una definición antes de la fecha de vencimiento. En caso que los tiempos no den por diferentes circunstancias, la primera opción sería pagar la factura para no quedarse sin el servicio y luego avanzar con el amparo e incluso intentar recuperar lo pagado de más también en mayo.

Cómo reclamar si prepagas suben por encima de la inflación

Será la propia Secretaría de Industria y Comercio la encargada de recibir las consultas y denuncias ante eventuales incrementos por encima de los porcentajes establecidos por el Gobierno.

Será mediante la Dirección de Defensa del Consumidor, que tiene tres vías de comunicación: un número de teléfono 0-800, una dirección de correo electrónico y un formulario online.

Es así que si en los próximos meses las cuotas de las prepagas llegan con aumentos superiores a los establecidos por el Gobierno, los afiliados podrán realizar el reclamo en los siguientes medios:

Si se comprueba el incumplimiento por parte de las empresas de medicina prepaga se aplicará una multa diaria equivalente al 0,1% de la facturación del grupo económico, de acuerdo a lo establecido en la Ley 27.442 (Ley de Defensa de la Competencia).

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