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Prepagas preocupadas y alertas por la sorpresiva resolución del Gobierno

Las empresas de medicina prepaga están sorprendidas y preocupadas por las nuevas medidas que anunció el gobierno en el Boletín Oficial y que indicarían más controles.

Y si bien aseguran que no entienden el alcance de las misma hay un punto que las inquieta especialmente: la categorización.

A horas de conocerse la resolución, fuentes del sector aseguraron a El Cronista que no estaban al tanto de las nuevas medidas. "Fue un anuncio totalmente intempestivo e inconsulto. Nos enteramos por los diarios", expresaron. Y agregaron que seguramente tendrán una reunión con autoridades del gobierno al respecto, aunque hasta el mediodía nadie se había comunicado con ellos.

Sin embargo, por otro lado, explicaron que no entienden el alcance de la medida que pide presentar información sobre la totalidad de sus planes, cartillas, padrón de usuarios, cuotas percibidas, balance, entre otros. "Todo la información que se pide en la resolución las empresas la vienen dando mensualmente desde 2011, cuando se aprobó la Ley de Medicina Prepaga. No es una novedad", indicaron.

La resolución del gobierno divide a las empresas en tres categorías

Sin embargo, lo que si es nuevo y preocupa al sector es la categorización. "La Ley no menciona en ningún lugar una categorización y esto no solo nos sorprende sino que nos preocupa. Al igual que la intervención de un síndico", aseguran desde el sector, que indican que no saben que alcance podría tener este punto.

"Nos despertamos con el texto frío de una resolución. No entendemos el espíritu que tiene y a dónde apunta", señalan.

QUÉ DICE LA MEDIDA SOBRE LA CATEGORIZACIÓN

La resolución 1950 establece que, en base a las distintas estructuras de las empresas de medicina prepaga se dividen en tres grandes grupos o categorías:

El Tipo A lo integrarán las entidades que cumplan los siguientes requisitos: Brindar al menos un plan de cobertura integral (no parcial) en base a lo establecido en la Ley 26.682, la cual plantea un marco regulatorio para la medicina prepaga; Contar con más de 50.000 usuarios; y tener una cápita promedio por usuario igual o superior a $ 4000. Este último valor "será actualizado en la misma proporción y oportunidades en que se hagan efectivos los aumentos de cuotas de los planes prestacionales".

El Tipo B lo integrarán las entidades que tengan al menos un plan de cobertura integral en base a lo establecido en la Ley 26.682 pero que no cumplan con los restantes requisitos del Tipo A.

El Tipo C lo conformarán las empresas que no cumplan con ninguno de los requisitos previamente planteados.

Otro punto que preocupa a las prepagas es que a las entidades de a las entidades de Tipo A se les "designará un síndico, auditor o veedor para analizar lo presentado y, en caso de ser necesario, tienen la potestad de solicitar correcciones o adecuaciones".

Ya, en junio de este año, la Unión Argentina de Salud (UAS), la federación que agrupa a los prestadores privados, pidió al Gobierno que "aclare" si existe un plan para estatizar el sistema a raíz de unas declaraciones de Cristina Fernández de Kirchner que decían que habían que reformar el sistema de salud.

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