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Nacionales

Prohíben la comercialización de una cerveza artesanal y de otros productos

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y tecnología Médica (ANMAT) prohibió la comercialización de un tipo de cerveza artesanal. La decisión fue publicada en la Disposición 674/2018, donde la institución oficial detalla los motivos que llevaron a ella. A partir del mismo viernes 5 quedó suspendida la venta de la bebida rotulada como \"Cerveza artesanal, Libre de Gluten, marca Club Polskie\".

 

ANMAT explicó que el artículo se encuentra en infracción de la normativa vigente -al artículo 3° de la Ley 18284, al artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71, y a los artículos 6 bis, 155, 1383 y 1383 bis del CAA-, dado que carece de autorización de producto y establecimiento, consigna el símbolo de alimento libre de gluten y está falsamente rotulado, por lo que resulta, en consecuencia, ilegal.

 

En el mismo boletín, aunque en la resolución 664/2018, se prohibió otro producto de uso frecuente en las cocinas argentina. Se trata del \"Aceite de oliva\', El Federal, RNE N° 0400462, RNPA N° 04052942, elaborado y fraccionado por Fincas de Cruz del Eje, Ruta Nacional N° 38 Km 126.2 Cruz del Eje, Córdoba\".

 

Acerca de este producto se detalló que \"se halla en infracción al artículo 3° de la Ley 18284, al artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y a los artículos 6 bis, 13, 155 y del CAA por carecer de autorizaciones de producto y de establecimiento, y estar falsamente rotulado, resultando ser en consecuencia ilegal\".

 

Por otro lado, el ente de control suspendió la comercialización de el \"Aceite de Nuez, RNPA 12005275, RNE 12000768\", las \"Nueces Riojanas, RNPA 12005250, RNE 2000766, Sin TACC\" y la \"Harina de Nuez, RNE 2000766\", todo él marca VITA NUSS.

 

Es importante mencionar que todos los artículos mencionados, al igual que la cerveza y el aceite de oliva, “se hallan en infracción al artículo 3° de la Ley 18284, al artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y a los artículos 6 bis, 13 y 155 del Código Alimentario Argentino (CAA) por carecer de autorización de producto y de establecimiento, estar falsamente rotulados, resultando ser en consecuencia ilegales. Además, por su parte, el producto Nueces Riojanas no cumple con el artículo 1383 y 1383 bis del Código Alimentario Argentino (CAA) por no encontrarse registrado como alimento Libre de Gluten\" explicaron desde la ANMAT en la disposición 668/2018.

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