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Suben las indemnizaciones por accidentes laborales: nuevas escalas desde septiembre

La Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) dispuso un incremento en los montos de compensaciones e indemnizaciones del sistema de riesgos laborales, medida que regirá desde el 1 de septiembre de 2025 hasta el 28 de febrero de 2026, según la Resolución 37/2025 publicada en el Boletín Oficial.

Nuevos valores fijados

Entre los cambios más relevantes se encuentra el piso mínimo de la indemnización por Incapacidad Laboral Permanente (ILP), que se eleva a $87.629.423, y la compensación adicional por muerte o incapacidad total, que no podrá ser menor a $16.595.103, de acuerdo con la Ley 26.773.

En cuanto a las compensaciones adicionales de pago único previstas en la Ley 24.557, los montos actualizados quedaron establecidos en $38.946.415, $48.683.019 y $58.419.605, según cada supuesto contemplado en la normativa.

Situaciones que contemplan las compensaciones

Las prestaciones alcanzan a tres escenarios puntuales:

  • Incapacidad laboral permanente grave (artículo 14.2.b).
  • Alta médica con incapacidad permanente (artículo 15.2).
  • Fallecimiento del trabajador (artículo 18.1), en favor de sus derechohabientes.
La legislación recuerda que estas compensaciones son irrenunciables, intransferibles e inembargables, con idéntico privilegio al de los créditos alimentarios, lo que refuerza la seguridad de los trabajadores y sus familias.

Comparativa con los valores anteriores

Los montos que regían hasta agosto eran notoriamente inferiores:

  • Compensaciones únicas: $31.911.034, $39.888.793 y $47.866.537.
  • Indemnización mínima por ILP: $71.799.818.
  • Indemnización por fallecimiento o incapacidad total: $13.597.321.

Fundamentos de la actualización

El ajuste se basa en la variación del índice RIPTE (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables), que actualiza los valores conforme al comportamiento de los salarios registrados. Esta metodología, aplicada en forma semestral, busca brindar previsibilidad y seguridad jurídica al sistema.

La SRT destacó que la decisión está respaldada por la Ley 24.557, la Ley 26.773, la Ley 27.348 y el Decreto 1694/09, que estableció la eliminación de topes indemnizatorios y la obligatoriedad de pisos mínimos. Como antecedente directo, se recordó la Resolución 9/2025.

Finalmente, la disposición fue firmada por el superintendente Gustavo Darío Morón, y entró en vigor de inmediato tras su publicación.

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