Las autoridades de mesa verifican tanto el estado del documento como la correspondencia exacta con los datos registrados. Presentar uno de estos documentos es indispensable para todos los electores inscriptos en el padrón, de acuerdo con la Junta Electoral.
La legislación tampoco permite votar con un ejemplar más antiguo al consignado en el padrón, por lo que si solo se dispone de una versión anterior, el acceso a la urna será rechazado, de acuerdo a la información de la Dirección Nacional Electoral.
En caso de extravío o robo antes de la elección, solo se habilita el voto si se obtiene y presenta el documento físico actualizado.
Estos son los documentos no habilitados para votar:
Cada elector debe presentar el documento que figura en el padrón electoral o una versión emitida con posterioridad. En el caso de los DNI verdes, las variantes como duplicados o ejemplares con letras también están contempladas: los ejemplares con letras siempre se consideran posteriores a los numerados, según la Dirección Nacional Electoral.
La acreditación de identidad solo será válida con la presentación del documento físico original.
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