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Provinciales

El Gobierno promulgó la Ley de Sostenibilidad y Fortalecimiento de OSEF

Dos semanas después de su aprobación por unanimidad en la Legislatura, el Poder Ejecutivo promulgó la Ley 1596, conocida como de “Sostenibilidad y Fortalecimiento de la Obra Social del Estado Fueguino (OSEF)”, que busca mejorar el financiamiento del organismo, optimizar el uso de recursos y reducir gastos de funcionamiento.

La norma fue publicada en el Boletín Oficial mediante el Decreto 1849/25, firmado por la vicegobernadora Mónica Urquiza. Desde ese momento, se establece un plazo de ocho días para su plena vigencia y 60 días para su reglamentación.

La ley mantiene la alícuota del 9% en las contribuciones patronales, porcentaje que en 2022 había sido elevado del 7% al 9%, y establece un nuevo aporte del 5% sobre los haberes de jubilados y pensionados, que será abonado por la Caja de Previsión Social.

Para los afiliados obligatorios, el aporte personal continúa en el 3%, tanto para trabajadores activos como para jubilados con 20 años de contribución a la obra social. Aquellos que no alcancen ese período seguirán aportando el 3% hasta completarlo.

La normativa incorpora la figura del afiliado voluntario, que incluye cónyuges o convivientes de los afiliados obligatorios, aun cuando cuenten con otra cobertura médica, siempre que acrediten residencia en la provincia. También podrán incorporarse familiares directos en caso de fallecimiento del titular. Para estos casos, el aporte será del 1% por cada familiar cuando los ingresos no superen ocho veces el sueldo básico de la categoría 10 del escalafón seco, y del 2% si superan ese monto.

Uno de los puntos centrales es la creación del Fondo Específico para el Pago de Deuda, estimada en 40 mil millones de pesos, que se financiará con parte de la recaudación del impuesto sobre Ingresos Brutos de prestadores inscriptos en el nomenclador “Servicios relacionados con la Salud Humana”, cuyo volumen de facturación supere los 20 mil millones de pesos en la provincia.

De manera excepcional, este fondo también se nutrirá del superávit financiero de la Dirección Provincial de Puertos correspondiente a los ejercicios 2024 y 2025, que rondaría los 18 mil millones de pesos. Una vez cancelada la deuda, lo recaudado pasará a integrar el presupuesto de la obra social.

La ley dispone que al menos el 90% de los recursos brutos de OSEF se destinen a prestaciones médicas, farmacéuticas, odontológicas y ópticas, y limita al 20% la planta política dentro de la estructura del organismo.

Se crea el Área de Seguimiento de Calidad y Eficiencia de las Prestaciones Asistenciales, dependiente del Directorio, con el objetivo de monitorear y evaluar la calidad del servicio, optimizar recursos y reforzar los sistemas de auditoría médica y farmacéutica.

Además, la norma establece un Fondo Específico para Enfermedades de Alto Requerimiento, orientado a cubrir tratamientos costosos y enfermedades crónicas graves como fibrosis quística, hemofilia, esclerosis múltiple y trasplantes. Este fondo se financiará durante 24 meses —con posibilidad de prórroga— con el 75% de lo recaudado por el Fondo de Financiamiento para el Sistema Previsional.

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