
Víctor Canalis titular del área de Bromatología de la Municipalidad dio a conocer los motivos detrás de la notificación al hombre que vende huevos y productos de limpieza en la vía pública. Héctor Raúl Franco fue multado bajo la Ordenanza Municipal 208 de productos alimenticios habilitados para su comercialización ambulante.
La venta de productos alimenticios en la vía publica rigen bajo la Ordenanza Municipal 208 sancionada en 1986, en virtud de esto, hay productos alimenticios que no están contemplados en dicha ordenanza. Víctor Canalis representante del área sostuvo “Hay productos que se pueden vender en la vía pública y después hay productos que no están contemplados en esa ordenanza que tienen otros riesgos implícitos, esto fue lo sucedido con la detección de productos alimenticios que no están contemplados, en este caso productos avícolas huevos”.
Entre los productos que si se pueden comercializar en la vía publica según lo establecido en la norma, son: Sándwiches, Helados, Productos de panificación y confitería, Pochoclos, garrapiñada, galletitas y golosinas, Agua mineral, Gaseosas, juegos y chocolatadas envasadas, Café, té, mate y otras infusiones.
En relación a los motivos de las multas impuestas al vendedor, sostuvo “sumado a ello lo estaba haciendo en su vehículo que no está habilitado y además en el mismo vehículo existían en el mismo ambiente productos de limpieza. Hay varios hechos y fuentes de riesgo; fundamentalmente tenemos que resguardar el peligro de contaminación de los productos alimenticios y que después tenga desencadenante en la salud pública” manifestó.
Finalmente aclaró que “lo que sucedió en esta situación al igual que las anteriores fueron notificaciones. no hubo ninguna multa y no hubo decomiso de mercadería, lo que se intenta hacer es que esta persona entienda que debe eliminar un factor de riesgo y además que está implícito como una condición”.
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