Transferencias y billeteras virtuales: qué controles aplicará ARCA en diciembre
Con la llegada de diciembre y el cierre del 2025, se espera un fuerte incremento en los movimientos de dinero, tanto a través de transferencias bancarias como en operaciones realizadas con billeteras virtuales. Como ocurre cada fin de año, el mayor flujo de fondos viene acompañado por más controles y por nuevas dudas de los usuarios sobre qué operaciones pueden ser monitoreadas.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) mantiene vigentes una serie de topes que determinan desde qué montos empiezan a ser reportadas y supervisadas las operaciones realizadas en bancos y plataformas como Mercado Pago, Ualá o Naranja X. Estas reglas alcanzan tanto a personas físicas como a personas jurídicas que muevan fondos por encima de los límites establecidos.
A mediados de año, el organismo actualizó esos valores tomando como referencia el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC. Los cambios quedaron formalizados en la Resolución General 5512/2024, publicada en el Boletín Oficial, y se aplican para todas las operaciones realizadas desde el 1° de junio en adelante, inclusive durante diciembre y los meses siguientes.
Cuáles son los montos que disparan controles
Los topes actualmente vigentes son los siguientes:
- Transferencias o acreditaciones: $50.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para personas jurídicas.
- Extracciones en efectivo: $10.000.000 para ambos casos.
- Saldos bancarios al cierre de mes: $50.000.000 (físicas) y $30.000.000 (jurídicas).
- Plazos fijos: $100.000.000 (físicas) y $30.000.000 (jurídicas).
- Transferencias en billeteras virtuales: $50.000.000 (físicas) y $30.000.000 (jurídicas).
- Tenencias en sociedades de bolsa: $100.000.000 (físicas) y $30.000.000 (jurídicas).
- Compras como consumidor final: $10.000.000.
- Pagos generales: $50.000.000 (físicas) y $30.000.000 (jurídicas).
Qué puede pedir ARCA para justificar el origen del dinero
Si una transferencia o movimiento queda bajo la lupa, el organismo puede solicitar documentación respaldatoria para acreditar el origen lícito del dinero. Entre los papeles que suelen requerirse se encuentran:
- Contratos de compraventa o recibos de pago.
- Facturas emitidas, ya sea por monotributistas o responsables inscriptos.
- Recibos de sueldo o comprobantes de jubilación.
- Constancia de inscripción en AFIP.
- Certificados de origen de fondos firmados por un contador público.
Qué hacer si el banco o la billetera bloquean una operación
No es extraño que, ante montos elevados, una operación quede “en observación” o momentáneamente bloqueada. En esos casos, se recomienda:
- Presentar lo antes posible todos los comprobantes que solicite la entidad.
- Avisar con anticipación al banco o billetera sobre la llegada de fondos importantes, indicando origen y monto.
- Evitar fraccionar un importe grande en muchas operaciones pequeñas para “pasar desapercibido”, ya que esa conducta suele generar más sospechas y controles.
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