La jueza federal de Río Grande, Mariel Borruto, se refirió por primera vez al histórico fallo que hizo lugar parcialmente a la demanda colectiva iniciada por miles de compradores de vehículos cero kilómetro en Tierra del Fuego y explicó los fundamentos de la resolución, que actualmente se encuentra apelada ante la Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia.
La magistrada aclaró que, si bien el reclamo judicial comenzó hace aproximadamente diez años, el expediente llegó al Juzgado Federal recién en diciembre de 2022 luego de un extenso recorrido por la Justicia provincial. "Hubo un derrotero por la provincia, se plantearon incompetencias y fue la Corte la que dijo que esto es un tema de la Ley 19.640 y que debía intervenir la Justicia Federal", explicó.
Borruto también respondió a quienes se preguntan por qué un planteo de estas características no se había realizado con anterioridad. Según indicó, durante sus más de tres décadas de trayectoria en la Justicia Federal nunca había existido una demanda específica sobre este punto. "Yo llevo 31 años en el tribunal y en el estudio de la Ley 19.640 y nunca hubo un planteo específico como el que se hizo ahora", afirmó.
En ese sentido, destacó que la demanda presentada contra ocho terminales automotrices dio origen a un proceso de gran complejidad. Explicó que el expediente reunió cerca de 59 cuerpos, cientos de fojas y una importante cantidad de pruebas técnicas y periciales que debieron ser digitalizadas y analizadas por un equipo integrado por contadores, especialistas en comercio exterior y otros profesionales antes del dictado de la sentencia.
La jueza señaló que el proceso se tramitó bajo las normas del derecho del consumidor, donde las empresas demandadas tenían la obligación de aportar gran parte de la prueba por encontrarse en mejores condiciones para hacerlo. Además, remarcó que el eje central del análisis fue la aplicación de la Ley 19.640 y los beneficios fiscales establecidos para el Área Aduanera Especial de Tierra del Fuego.
Respecto del estado actual de la causa, confirmó que el fallo ya fue apelado y que el expediente salió de la órbita de su juzgado. "Ahora se encuentra apelada en la Cámara de Comodoro Rivadavia. La Cámara va a revisar las apelaciones que presenten todas las partes y, eventualmente, si existiera una cuestión constitucional, podría intervenir la Corte Suprema", precisó.
Finalmente, Borruto enfatizó que la Ley 19.640 tiene carácter federal y su cumplimiento es obligatorio. "No se puede optar por cumplirla. Se debe cumplir, porque es una ley aduanera tributaria federal, y los beneficios son exclusivamente para quienes viven en el Área Aduanera Especial de Tierra del Fuego", sostuvo. Asimismo, indicó que en la sentencia también se recomendó a los organismos de control aduanero y tributario reforzar la fiscalización sobre el ingreso de vehículos a la provincia para garantizar que el régimen promocional se aplique correctamente.
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