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Tolhuin

Camuzzi: la Defensoría Federal analiza nuevos casos para evitar cortes de gas a personas vulnerables en Tolhuin

La Defensoría Pública Federal analiza entre tres y cuatro nuevos casos de usuarios de Tolhuin que recibieron avisos de suspensión del servicio de gas y que se encontrarían en situación de vulnerabilidad. El antecedente surge luego de que la Justicia Federal ordenara a Camuzzi Gas del Sur abstenerse de cortar el suministro a una familia de esa ciudad.

La medida cautelar autónoma fue impulsada por la Defensoría y tuvo alcance individual, es decir, solo protege al grupo familiar que realizó el planteo. Sin embargo, desde el organismo sostienen que el fallo podría abrir camino a presentaciones similares, especialmente cuando se trate de personas mayores, con problemas de salud o con discapacidad.

José Bongiovanni, defensor público oficial de la Nación en Tierra del Fuego, explicó que la decisión judicial no se aplica automáticamente al resto de los usuarios, aunque remarcó que desde su dictado no se registraron nuevas denuncias por cortes. “Esta medida cautelar autónoma se inició respecto de un grupo familiar y de un usuario de gas natural de Camuzzi Gas del Sur en la ciudad de Tolhuin, por lo que su alcance es específicamente para esa persona. Sin embargo, desde que se dictó no tuvimos nuevas denuncias de cortes y estamos recabando la prueba mínima de tres o cuatro casos de personas en una situación idéntica o incluso peor, que recibieron avisos de corte”, explicó.

En ese marco, la Defensoría evalúa presentar nuevas medidas cautelares por cada caso particular. Bongiovanni no descartó que, si los planteos tienen el mismo objeto y se dirigen contra la misma empresa, puedan acumularse judicialmente. “Probablemente interpongamos una medida cautelar autónoma por cada uno de esos casos, prácticamente con los mismos argumentos, porque la modalidad es la misma. Aunque no se trate de un amparo colectivo, cuando existe identidad de objeto las causas pueden acumularse, ya que la respuesta que se busca para todas esas personas es exactamente la misma y se dirige contra la misma empresa”, señaló.

El defensor aclaró que cada situación debe ser acreditada de manera individual, ya que no todos los usuarios se encuentran en las mismas condiciones. “El colectivo que representamos con mayor énfasis es el de las personas en especial condición de vulnerabilidad, pero no resulta sencillo abarcarlo de manera general. En Tolhuin hablamos de personas vulnerables por una patología de salud, porque integran el grupo de personas mayores o porque tienen alguna discapacidad. Cada una de esas circunstancias necesita una acreditación particular”, sostuvo.

Desde la Defensoría buscan consolidar un criterio judicial que impida suspender el suministro de gas durante el invierno cuando la interrupción pueda afectar derechos fundamentales. “Estamos tratando de establecer una doctrina frente a un problema que advertimos: no es constitucional dejar sin gas durante el invierno en Tolhuin a personas vulnerables. Esto debe analizarse más allá de si tienen deuda o no, porque importan las condiciones particulares en las que se encuentran y las características especiales de la zona”, afirmó Bongiovanni.

El defensor también se refirió a la intervención del organismo en conflictos ambientales y explicó que debe existir una cuestión vinculada con normativa federal para que la Defensoría pueda actuar judicialmente. “La lesión ambiental puede originarse en una decisión municipal o provincial, pero debe tener una base en normativa federal para que podamos intervenir judicialmente. También necesitamos advertir la afectación o recibir presentaciones que den cuenta de una lesión de derechos, porque la protección ambiental está directamente vinculada con otros derechos, como la salud y la vida”, indicó.

En ese tipo de situaciones, la Defensoría puede patrocinar a grupos determinados u organizaciones, además de promover gestiones extrajudiciales antes de acudir a los tribunales. Bongiovanni remarcó que el principio precautorio resulta clave para actuar antes de que el daño se concrete. “En la cuestión ambiental, el principio precautorio cumple un papel esencial. No existe posibilidad de tener un derecho ambiental respetado sin esa herramienta. Incluso una medida cautelar puede ser dictada por un juez que no resulte competente cuando existe una situación urgente, porque lo prioritario es evitar que el daño se produzca”, expresó.

El organismo ya había recurrido a ese criterio en intervenciones vinculadas con actividades desarrolladas en la Reserva del Martial y con la protección del patrimonio cultural. Según sostuvo Bongiovanni, esa herramienta preventiva no es exclusiva de la Defensoría, sino que puede ser utilizada por cualquier institución dedicada a la defensa y protección de derechos.

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