La Corte Suprema de Justicia de la Nación dispuso que el Superior Tribunal de Justicia de Tierra del Fuego vuelva a analizar la condena contra Miguel Ángel Silveira Soto, quien había recibido una pena de 23 años de prisión por abusos sexuales cometidos contra dos menores. La decisión se basa en que, de acuerdo con la legislación aplicable al momento de los hechos, la acción penal habría prescripto.
Silveira Soto, actualmente de 60 años, fue denunciado en 2016 por hechos que se remontaban a 1995. Tras permanecer prófugo en Uruguay, fue extraditado a la Argentina en 2021 y ese mismo año terminó condenado a 23 años de prisión efectiva, una de las penas más elevadas dictadas en Tierra del Fuego por delitos de abuso sexual.
Durante todo el proceso, la defensa sostuvo que los delitos ya no podían ser perseguidos penalmente por el tiempo transcurrido. El planteo finalmente llegó a la Corte Suprema mediante un recurso de queja y el máximo tribunal resolvió hacer lugar al reclamo.
Para tomar la decisión, los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti aplicaron el criterio establecido en el precedente “Ilarraz”. Allí se determinó que, para hechos cometidos antes de la reforma introducida por la denominada Ley Piazza en 2012, deben respetarse los plazos de prescripción previstos por la normativa vigente en aquel momento.
La modificación legal de 2012 amplió las posibilidades de persecución penal en casos de abuso sexual contra menores, pero no puede aplicarse de manera retroactiva cuando resulte más perjudicial para el acusado. Como los hechos atribuidos a Silveira Soto habrían ocurrido desde 1995, corresponde analizar el caso bajo las normas anteriores.
La resolución de la Corte obliga ahora al Superior Tribunal fueguino a revisar la sentencia. En términos prácticos, el fallo abre el camino para dejar sin efecto la condena y disponer la libertad de Silveira Soto, quien permanece detenido desde 2021 en la Unidad de Detención N.º 1 de Río Grande.
Hasta este sábado, el Superior Tribunal de Justicia de Tierra del Fuego había informado que todavía no recibió la notificación formal de la resolución. Ese trámite será necesario para avanzar con las medidas judiciales correspondientes y definir la situación inmediata del condenado.
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