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Transferencias bajo control: los límites que regirán en octubre

Los bancos y las plataformas digitales tienen que cumplir en octubre de 2026 con la obligación de informar determinados movimientos ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) cuando alcanzan los valores establecidos por la normativa vigente.

A partir de esos datos, el fisco nacional puede comparar las operaciones con la facturación, los ingresos declarados y las declaraciones juradas del contribuyente. Si llega a encontrar diferencias relevantes, puede llegar a pedir la documentación que explique de dónde provino el dinero en cuestión e iniciar las corresondientes inspecciones.

Cuáles son los topes vigentes para transferencias y acreditaciones en octubre 2026

Los topes a partir de los cuáles se informa los datos ante ARCA se calculan sobre los movimientos acumulados durante el mes y cambian, según se trate de una persona física o jurídica. A continuación, los valores vigentes:

  • personas físicas: desde $50.000.000 mensuales
  • personas jurídicas: desde $30.000.000 mensuales
Estos montos alcanzan tanto a cuentas bancarias tradicionales como a billeteras virtuales. Es importante tener en cuenta que superar el límite no implica una irregularidad. Sucede que la entidad financiera queda obligada a reportar la operación dentro del régimen informativo del fisco nacional. Luego, ARCA puede cruzar esos movimientos con la actividad económica declarada por el contribuyente para verificar si existe inconsistencia entre los ingresos informados y el dinero que circula por sus cuentas.

Valores límites para retiros de efectivo, plazos fijos e inversiones en octubre 2026

El régimen no contempla únicamente a las transferencias, ya que también existen montos específicos para otras operaciones. Puntualmente, para los retiros de efectivo, el límite es:

  • personas físicas y jurídicas: desde $10.000.000
En el caso de plazos fijos e inversiones bursátiles:

  • personas físicas: desde $100.000.000
  • empresas: desde $30.000.000
A partir de las cifras antes mencionadas, las entidades deben incorporar la información a los reportes correspondientes que envían a ARCA. El objetivo es que la ex AFIP pueda reconstruir con mayor precisión todos los movimientos financieros y compararlos con la capacidad económica declarada por cada uno de los contribuyentes.

Qué documentación exige ARCA para justificar el origen de los fondos

Si el organismo detecta una operación que no coincide con los ingresos o la actividad registrada (inconsistencia), ARCA puede pedir toda la documentación que demuestre el origen del dinero. Los comprobantes que pueden ser requeridos son los siguientes:

  • facturas por venta de bienes o prestación de servicios
  • recibos de honorarios profesionales
  • escrituras o boletos de compraventa de inmuebles
  • documentación por la venta de vehículos
  • contratos o comprobantes de préstamos formalizados
  • certificaciones contables que acrediten la procedencia de los fondos
Por lo tanto, cuando se recibe una suma importante por una operación puntual, es necesario guardar toda la documentación asociada. También es importante que los montos tengan relación con la situación fiscal del contribuyente, ya que si una persona declara ingresos bajos pero recibe movimientos muy superiores de manera frecuente, aumenta la posibilidad de que ARCA le pida explicaciones e inicie las correspondientes inspecciones.

Qué ocurre si se superan los montos máximos

Antes del bloqueo o la multa, la primera consecuencia es que el banco o la billetera virtual debe informar el movimiento ante ARCA. A partir de ahí, el fisco nacional puede analizar la operación y compararla con los datos que ya tiene del titular. Si encuentra una inconsistencia, puede pedir toda la documentación respaldatoria y solicitar que se justifique la procedencia del dinero.

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