
La Legislatura de Tierra del Fuego aprobó por unanimidad una ley que permite inscribir con nombre y apellido a bebés fallecidos durante la gestación, sin importar la edad gestacional ni la causa de muerte. La medida, impulsada por el legislador Pablo Villegas del Movimiento Popular Fueguino, abrió un fuerte debate a nivel provincial y nacional por su posible conflicto con la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE).
La norma fue sancionada el pasado 8 de julio y establece la creación de un “Registro de Defunciones Fetales” en el ámbito del Registro Civil. A través de este registro, se otorga la posibilidad a los padres —o en su defecto, a los abuelos— de inscribir de manera voluntaria a los fetos fallecidos con el nombre y apellido que hubieran elegido.
Para que esa inscripción tenga lugar, la solicitud debe realizarse dentro de los tres meses posteriores al fallecimiento intrauterino. La normativa contempla también casos excepcionales, como padres menores de edad, personas con discapacidad o fallecidas, en cuyo caso podrán actuar ascendientes de primer grado.
Villegas, autor del proyecto, expresó que la iniciativa busca “dar identidad y dignidad a aquellos niños que no llegaron a nacer con vida” y bautizó la normativa como Ley Benicio, en homenaje a un bebé fallecido durante el parto en 2023, cuyos padres no pudieron registrarlo legalmente con el nombre que habían elegido.
“Esta ley pone fin a la práctica de dejar como NN a quienes no lograron vivir. Ahora, podrán ser recordados con el nombre que soñaron sus padres”, señaló el legislador en su cuenta de X.
Sin embargo, el proyecto fue recibido con preocupación por organizaciones feministas de Tierra del Fuego, que lo consideran contradictorio con los derechos reproductivos de las mujeres y con la legislación nacional vigente. Según argumentan, el nuevo registro entra en tensión con la Ley 27.610 de Interrupción Voluntaria del Embarazo, aprobada en 2020.
Desde estos espacios señalaron que el Ministerio de Salud de la Nación ya cuenta con definiciones específicas sobre el concepto de defunción fetal, en las que no se contempla la identidad legal como parte del proceso. Según el Sistema Estadístico de Salud, una defunción fetal es “la muerte de un producto de la concepción antes de la expulsión o extracción completa del cuerpo de la madre, independientemente de la duración del embarazo”.
Las agrupaciones solicitaron al gobernador Gustavo Melella que vete la ley por considerar que puede abrir la puerta a interpretaciones regresivas en materia de derechos sexuales y reproductivos, además de contradecir definiciones aceptadas por organismos nacionales e internacionales.
El debate quedó abierto. Mientras algunos sectores consideran que la ley responde a una necesidad emocional y simbólica de muchas familias, otros la ven como un retroceso en términos de políticas públicas y derechos adquiridos.
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