
\"Sean eternos los abortos , que sabemos practicar, que sabemos practicar... oh juremos iglesias quemar...\", eran algunas de las frases cambiadas del Himno reproducidas en las redes sociales. Para fiscal no es delito porque son parte de una protesta vinculada al debate sobre el aborto.
El fiscal Franco Picardi consideró que debe desestimarse una denuncia iniciada a raíz de publicaciones en redes sociales de videos en los cuales se cantaba el Himno Nacional reemplazando su letra original por párrafos a favor del aborto.
El abogado Francisco Oneto denunció que el 26 de junio de este año se publicó a través de la red social Facebook, un video de “una marcha a favor del aborto” que tuvo lugar en algún lugar de la provincia de Salta, durante la cual, un grupo de personas cantaron el Himno Nacional, reemplazando su letra original en algunos tramos, por los siguientes pasajes: “…feministas del mundo responden a la amiga abortera salud. Sean eternos los abortos que sabemos practicar, que sabemos practicar (…) oh juremos iglesias quemar, oh juremos iglesias quemar” .
También, aludió a publicaciones similares, realizadas el 12 de julio pasado, a través de un canal de la red social Youtube, llamado “Femininja”. Entonces, la letra original del himno se habría reemplazado por la siguiente: “Oíd mujeres el feminismo sagrado, aborto legal, aborto legal, aborto legal. Oíd el ruido de roto patriarcado, ved en trono a la empoderada igualdad. Ya en su macho interno deconstruyeron, las feministas unidas del mundo, y les libres de todo responden al gran pueblo feminista salud. Al gran pueblo feminista salud (…) Sean eternas las batallas, que supimos ganar. Que supimos ganar. Coronades de lucha sigamos. O juremos feministas seguir, o juremos feministas seguir, o juremos feministas seguir”.
El letrado entendió que dichas conductas encuadrarían en el artículo 222, párrafo segundo, del Código Penal de la Nación, que dice “Será reprimido con prisión de uno a cuatro años el que públicamente ultrajare la bandera, el escudo o el himno de la Nación o los emblemas de una provincia argentina”.
Luego la abogada Lucía Álvarez Vasallo denunció la misma publicación de la cuenta “Femininja” de la red social Youtube, de fecha 12 de julio, previamente descripta.
También solicitó la imposición de una medida cautelar específica a la compañía Youtube, para el cese del contenido denunciado.
El fiscal, al desestimar la denuncia, advirtió que “las difusiones cuestionadas han reproducido cánticos de protestas sociales, vinculadas a los debates legislativos que, a nivel nacional, discutieron recientemente el proyecto de Ley de Interrupción Legal del Embarazo “.
“Es preciso recordar, al respecto, que el proyecto de Ley obtuvo media sanción de la Cámara de Diputados, y si bien finalmente no fue aprobado en la Cámara de Senadores, fue una votación reñida”.
Picardi, en su dictamen sostuvo que “las repercusiones sociales a nivel nacional fueron notables durante los debates legislativos, y en lo sucesivo, pues persisten. Se trata, en efecto, de un proyecto de Ley que ha puesto en juego múltiples discusiones de interés público, referentes a: el derecho a la salud, los derechos humanos de la mujer, regulaciones de derecho penal, libertad de culto y de conciencia, la incidencia de ideologías religiosas en materia de políticas estatales, reglas jurídicas en materia de bioética, etc.”
“Entonces, si los cánticos denunciados se produjeron como parte de protestas sociales concretas, la orientación subjetiva de los responsables de su divulgación por redes sociales, se enmarca en el derecho de petición que ampara la garantía constitucional y convencional de libertad de expresión (artículos 14 y 75 inciso 22° de la Constitución Nacional, 13 de la Convención Americana de Derechos del Hombre y 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles yPolíticos)”, enfatizó el fiscal.
“A mi juicio, ello determina la atipicidad de las publicaciones, por un lado, porque no estuvieron orientadas subjetivamente al ultraje del símbolo nacional, y por el otro, porque su contenido se enmarca un derecho fundamental, ubicado en la cúspide de nuestro ordenamiento legal, cuya protección habrá de ceder ante cualquier pretensión de persecución penal posible”, dictaminó el fiscal al desistir la denuncia que recayó en el juzgado a cargo de la jueza María Eugenia Capuchetti.
El fiscal concluyó que “todo lo expuesto determina, a mi criterio, que no ha habido una dirección intencional de ultrajar a través de las publicaciones en redes sociales denunciadas, sino expresiones de protesta en relación a debates sociales, insertos en una coyuntura política determinada”.
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