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En su DNI dirá “femineidad travesti” en el campo reservado para el sexo

En un fallo inédito en la Ciudad de Buenos Aires la jueza Cataldi manifestó que “en el campo reservado para el sexo, deberá consignarse ‘Femineidad travesti’, en lugar de ‘Femenino’”.  Además se ordenó al Registro Civil que debe resolver estos casos por vía administrativa poniendo una multiplicidad de marcadores como opciones de género.

Lara Bertolini tiene 48 años, cuando el promedio de vida de las personas trans es de 35. Según trascendió en las últimas horas, en la actualidad trabaja en la Procuración General de la Nación. Además es una reconocida activista trans de la Colectiva Lohana Berkins y luchó varios años para que se le reconozca su identidad.

Lara Bertolini tiene 48 años, cuando el promedio de vida de las personas trans es de 35. Según trascendió en las últimas horas, durante 15 ejerció la la prostitución y en la actualidad trabaja en la Procuración General de la Nación. Además es activista trans miembro de la Colectiva Lohana Berkins

Cuando entró en vigencia la Ley 26.743 de Identidad de Género, Bertolini había solicitado una partida de nacimiento y un nuevo DNI. Desde 2015 en sus documentos comenzó a decir “Femenino” en el rubro sexo. Pese a ese cambio, seguía sin sentirse verdaderamente representada en sus papeles.

En un escrito presentado a la justicia Lara detalló que su verdadera identidad no era ni masculina ni femenina. Las opciones del sistema binario de identificación de sexo no eran representativas de su identidad de género. En el argumento jurídico presentado, acompañada por el abogado Emilio Buggiani, manifiesta que “el derecho a la identidad  es un derecho personalísimo”. 

‘Muchos de los conceptos relativos al género que se utilizan en las culturas occidentales se basan en una concepción binaria del sexo, que considera que existen dos polos opuestos: varón y mujer, masculino y femenino, hembra y macho. No hay dos géneros que se corresponden con dos sexos, hay tantos géneros como identidades, y por ende tantas identidades de género como personas’, señaló la magistrada en el fallo

“La Ley define a la identidad de género como la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al momento de nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo“, argumentó la jueza Myriam Cataldi en su fallo.

Amparada en tratados internacionales de derechos humanos la jueza explica: “Muchos de los conceptos relativos al género que se utilizan en las culturas occidentales se basan en una concepción binaria del sexo, que considera que existen dos polos opuestos: varón y mujer, masculino y femenino, hembra y macho. No hay dos géneros que se corresponden con dos sexos, hay tantos géneros como identidades, y por ende tantas identidades de género como personas”.

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