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Quienes compren dólares oficiales no podrán operar con financieros por 90 días

En medio de la tensión cambiaria, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) decidió este jueves imponer nuevamente una restricción cruzada sobre la compra de divisas. La medida establece que quienes adquieran dólares en el mercado oficial no podrán operar con dólares financieros durante los 90 días posteriores.

A quiénes alcanza la restricción

El alcance de la disposición es limitado, pero recae sobre un sector clave: accionistas de bancos con al menos un 5% del capital social o de los votos, directores y autoridades de entidades financieras, síndicos, gerentes y sus familiares directos. Esto incluye cónyuges, convivientes y parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o primer grado de afinidad.
Se calcula que la resolución impactará a entre 6.000 y 7.000 personas.

Además, el BCRA instruyó a los bancos a exigir a sus clientes una declaración jurada en la que se comprometan a no realizar operaciones con títulos en moneda extranjera durante el plazo de 90 días posteriores a la compra de dólares oficiales.

Contexto: corrida cambiaria y pérdida de reservas

La decisión llega en respuesta a la fuerte presión sobre el mercado de cambios. En las últimas semanas, el Central utilizó US$432 millones de sus reservas para contener la suba del dólar y evitar que perforara el techo de la banda cambiaria.
Según fuentes oficiales, la medida busca frenar un “rulo” especulativo detectado principalmente en operaciones con dólar contado con liquidación (CCL), que trepó un 5,6% en los últimos días.

Reacciones y comparaciones

Economistas como Gabriel Caamaño y Salvador Vitelli interpretaron la resolución como “una nueva capa del cepo cambiario”, en un contexto en el que la brecha entre el dólar oficial y los financieros continúa ampliándose.
Desde el BCRA aclararon, sin embargo, que no se trata de una prohibición de compra de dólares, sino de una restricción al arbitraje entre el oficial y el financiero.

Cambio en el régimen para exportadores de servicios

En paralelo, la autoridad monetaria eliminó la excepción que permitía a quienes venden servicios profesionales al exterior ingresar hasta US$36.000 anuales sin la obligación de liquidarlos en pesos. Con esta modificación, esos ingresos deberán ser cambiados al tipo de cambio oficial, en un nuevo ajuste al esquema de control de divisas.

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