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Observatorio de los derechos de las personas con discapacidad Ush

Reiteramos información acerca de ACCESIBILIDAD ELECTORAL, habida cuenta que en las elecciones del domingo pasado hemos observado varios hechos preocupantes en relación al derecho a votar de las personas con discapacidad.

En varias escuelas no había cuartos oscuros en planta baja, ocasionando varios trastornos el tema de tener que bajar las urnas y las cajas contenedoras de boletas, tampoco se ha respetado la prioridad que les corresponde a las PCD para votar y algunas autoridades de mesa desconocían qué era el voto asistido.

RECOMENDACIONES NACIONALES CONADIS

“Desde la Dirección Nacional Electoral se implementarán diversas modalidades de capacitación para autoridades electorales, fuerzas de seguridad y delegados judiciales, contemplando temáticas como trato y apoyos para las personas con discapacidad.

o Se promoverá la selección preferentemente de establecimientos electorales accesibles, es decir, aquellos que, entre otras características, no posean desniveles u obstáculos que dificulten el ingreso y la circulación, dispongan de puertas amplias para el ingreso de personas usuarias de sillas de ruedas, ascensores y una señalización adecuada. Además, se recomienda respetar el espacio reservado para el estacionamiento de los vehículos utilizados por personas con discapacidad.

o Cada establecimiento deberá disponer de un Cuarto Oscuro Accesible (COA), que será de fácil acceso, estará ubicado en planta baja, cercano a la puerta de ingreso y correctamente señalizado.

o El COA puede ser utilizado por los electores que correspondan a esa mesa y además, por los votantes con discapacidad visual o baja visión, personas usuarias de sillas de ruedas, con movilidad reducida o que se desplacen con ayudas técnicas, mujeres embarazadas o adultos mayores que así lo requieran, aun cuando estén registrados en otras mesas del mismo establecimiento.

o Voto asistido: El elector con discapacidad visual o alguna limitación permanente o transitoria que dificulte la emisión del voto, podrá solicitar ser asistido por una persona de su confianza o por el presidente de mesa. En caso de ser asistido, la autoridad de mesa le pedirá la acreditación al acompañante, dejará asentado sus datos - nombre y documento - en el acta correspondiente.

o Si un elector con discapacidad se presenta acompañado por un perro guía o de asistencia, las autoridades electorales deberán permitirles el ingreso al establecimiento y al cuarto oscuro.

o Se promoverá la prioridad en el ejercicio del sufragio de las personas con discapacidad y/o con movilidad y comunicación reducida.

o En el caso de las personas con discapacidad auditiva, el presidente de mesa deberá establecer contacto visual, hablar claro y modular de manera precisa.”

Esperamos que se arbitren los medios para que el domingo próximo puedan revertirse estas irregularidades que impiden el cumplimiento del derecho de las PCD a desempeñarse en su rol de votantes.

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