Reiteramos información acerca de ACCESIBILIDAD ELECTORAL, habida cuenta que en las elecciones del domingo pasado hemos observado varios hechos preocupantes en relación al derecho a votar de las personas con discapacidad.
En varias escuelas no había cuartos oscuros en planta baja, ocasionando varios trastornos el tema de tener que bajar las urnas y las cajas contenedoras de boletas, tampoco se ha respetado la prioridad que les corresponde a las PCD para votar y algunas autoridades de mesa desconocían qué era el voto asistido.
RECOMENDACIONES NACIONALES CONADIS
“Desde la Dirección Nacional Electoral se implementarán diversas modalidades de capacitación para autoridades electorales, fuerzas de seguridad y delegados judiciales, contemplando temáticas como trato y apoyos para las personas con discapacidad.
o Se promoverá la selección preferentemente de establecimientos electorales accesibles, es decir, aquellos que, entre otras características, no posean desniveles u obstáculos que dificulten el ingreso y la circulación, dispongan de puertas amplias para el ingreso de personas usuarias de sillas de ruedas, ascensores y una señalización adecuada. Además, se recomienda respetar el espacio reservado para el estacionamiento de los vehículos utilizados por personas con discapacidad.
o Cada establecimiento deberá disponer de un Cuarto Oscuro Accesible (COA), que será de fácil acceso, estará ubicado en planta baja, cercano a la puerta de ingreso y correctamente señalizado.
o El COA puede ser utilizado por los electores que correspondan a esa mesa y además, por los votantes con discapacidad visual o baja visión, personas usuarias de sillas de ruedas, con movilidad reducida o que se desplacen con ayudas técnicas, mujeres embarazadas o adultos mayores que así lo requieran, aun cuando estén registrados en otras mesas del mismo establecimiento.
o Voto asistido: El elector con discapacidad visual o alguna limitación permanente o transitoria que dificulte la emisión del voto, podrá solicitar ser asistido por una persona de su confianza o por el presidente de mesa. En caso de ser asistido, la autoridad de mesa le pedirá la acreditación al acompañante, dejará asentado sus datos - nombre y documento - en el acta correspondiente.
o Si un elector con discapacidad se presenta acompañado por un perro guía o de asistencia, las autoridades electorales deberán permitirles el ingreso al establecimiento y al cuarto oscuro.
o Se promoverá la prioridad en el ejercicio del sufragio de las personas con discapacidad y/o con movilidad y comunicación reducida.
o En el caso de las personas con discapacidad auditiva, el presidente de mesa deberá establecer contacto visual, hablar claro y modular de manera precisa.”
Esperamos que se arbitren los medios para que el domingo próximo puedan revertirse estas irregularidades que impiden el cumplimiento del derecho de las PCD a desempeñarse en su rol de votantes.
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