
La Fiscalía de Estado de Tierra del Fuego emitió el dictamen N° 10/25, en respuesta a denuncias presentadas por padres de alumnos sobre el impacto de las medidas de fuerza en las escuelas. En el texto oficial, se establece que “corresponde exhortar al Sr. ministro de Educación a arbitrar de inmediato las medidas necesarias para garantizar el pleno ejercicio del derecho a la educación de los alumnos de todos los niveles obligatorios del sistema educativo”. Además, el dictamen menciona la necesidad de recuperar los días perdidos y de aplicar descuentos de haberes a quienes interrumpan el servicio educativo.
El informe señala que las “desobligaciones docentes” y los paros repetidos ponen en riesgo el cumplimiento del ciclo lectivo y afectan el derecho de los estudiantes a una educación continua y de calidad. La legislación nacional establece un mínimo de 190 días efectivos de clases y 760 horas reloj anuales, objetivos que resultan difíciles de alcanzar con suspensiones frecuentes.
El dictamen critica la falta de acciones concretas del Ministerio de Educación para compensar los días de clase perdidos, advirtiendo que los programas presentados no ofrecen información suficiente ni resultados verificables. En este sentido, exhorta a implementar medidas pedagógicas inmediatas, como la extensión del calendario escolar, jornadas intensivas, reprogramación de contenidos y uso de recursos tecnológicos.
Asimismo, se indica que deben aplicarse descuentos salariales a los docentes que incurran en desobligaciones o interrupciones del servicio, y establecer canales que permitan a las familias denunciar estos incumplimientos.
El dictamen subraya que, si bien los reclamos gremiales son legítimos, deben equilibrarse con el interés superior del niño, ya que la pérdida prolongada de clases genera desigualdad educativa, afecta el desarrollo cognitivo y socioemocional de los estudiantes y compromete su futuro académico y laboral.
Textualmente, la resolución del fiscal de Estado señala:
“corresponde exhortar al Sr. ministro de Educación a arbitrar de inmediato las medidas necesarias para garantizar el pleno ejercicio del derecho a la educación de los alumnos de todos los niveles obligatorios del sistema educativo. Al efecto, deberá implementar políticas públicas, bien sea elaborando nuevos programas educativos o adaptando los existentes, con el objetivo expreso de paliar específicamente la problemática suscitada a partir de la pérdida de días de clase, sea esto producto de acciones colectivas de los sindicatos o por cualquier otra circunstancia, en cumplimiento de lo establecido por la Resolución CFE No 484/24”.
El texto añade que:
“Estos mecanismos no solo deben servir para sumar días y horas de recuperación, sino que han de ser capaces de garantizar aprendizajes reales y verificables. Deben además venir acompañados de trazabilidad administrativa y de estrategias pedagógicas específicas, ajustadas a los sectores más afectados”.
“Asimismo, el Sr. Ministro deberá ordenar lo conducente para que los responsables dentro de los establecimientos educativos y en las dependencias de la cartera educativa cumplan correctamente con la carga de novedades vinculadas con las conductas docentes que puedan importar cese de prestación de tareas, con o sin abandono del puesto de trabajo, 'desobligaciones' o cualquier otra modalidad o denominación que adopte, y, de ese modo, pueda procederse, por los mecanismos pertinentes, al oportuno descuento de haberes a los agentes involucrados”.
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