
Mientras el gremio docente SUTEF mantiene medidas de fuerza que afectan el dictado de clases en toda la provincia, trascendió que su secretario general, Horacio Catena, intentó acceder al cobro de haberes retroactivos y a cargos jerárquicos del sistema educativo, a pesar de no haber trabajado durante los últimos años.
El planteo quedó asentado en un acta firmada el 15 de mayo de 2025. Allí se consignaba que al dirigente le correspondían ascensos automáticos: desde Jefe General de Enseñanza Práctico Primero en 2018, hasta vicedirector en 2024 y director del Colegio Olga B. de Arko, incluso postulándose a Supervisor Técnico Industrial, cargo que fue cubierto en abril de este año tras modificarse los requisitos de acceso.
La Asociación del Magisterio de Enseñanza Técnica (AMET) advirtió que se trataba de un “circuito administrativo irregular” contrario a la Ley Provincial 631 y al Estatuto del Docente, lo que además habría generado un perjuicio económico millonario al Estado.
Ante esa presentación, la Fiscalía de Estado emitió la Resolución 49/25, en la que rechazó la validez del acta por considerarla “carente de sustento, meramente conjetural y sin efectos jurídicos”. El organismo subrayó que darle curso habría constituido “un acto palmariamente irregular”, ya que el Decreto 829/25 únicamente autorizaba la reincorporación transitoria de Catena en los cargos que ocupaba antes de su exoneración.
En su dictamen, la Fiscalía también recordó jurisprudencia de la Corte Suprema y del Superior Tribunal de Justicia, que sostiene que la remuneración pública corresponde únicamente a los servicios efectivamente prestados, por lo que no cabe reconocer haberes caídos en períodos donde un agente no trabajó, aun cuando luego se declare ilegítima o nula la sanción que lo separó de su cargo.
En paralelo, el Tribunal de Cuentas se pronunció a través de la Resolución Plenaria 152/25, confirmando que el Ejecutivo no dio curso a las solicitudes de Catena y que, en consecuencia, no existió perjuicio fiscal. El organismo precisó que la reincorporación del dirigente sindical se limitó a cargos de base y horas cátedra, y reiteró que reconocer salarios caídos hubiera significado “una erogación indebida para el Estado Provincial”.
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