Uno de los ejes apunta a acelerar la negociación colectiva: habilita que ciertos acuerdos “derivados” de convenios ya homologados entren en vigencia automáticamente al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial, sin pasar por un nuevo trámite de homologación. La intención es dar más rapidez a actualizaciones salariales y cambios productivos acordados entre sindicatos y cámaras.
En materia de jornada, el texto propone llevar el máximo legal a 40 horas semanales (8 horas diarias), con un esquema gradual: arranca manteniendo 48 horas, baja a 45 en el segundo año, a 42 en el cuarto y llega a 40 en el sexto. A la vez, deja explícito que la reducción no debe implicar recorte salarial, ajustando el valor hora para sostener el ingreso.
También incorpora un paquete de corresponsabilidad parental. Establece la prohibición de trabajar 30 días antes del parto y 90 después, con la opción de reducir la licencia previa a no menos de 15 días para sumar el resto al período posterior. Sube además la licencia del progenitor no gestante a 30 días (por nacimiento o adopción), y crea un período de crianza compartida hasta el primer año con prestación a cargo de la seguridad social; tras el postparto, habilita alternativas como trabajo híbrido/remoto o jornada reducida (con regla de fundamentación si el empleador la niega).
En el capítulo de juicios laborales, fija que indemnizaciones y créditos reconocidos por sentencia o acuerdos homologados se paguen mediante depósito bancario a la orden del tribunal y a favor del trabajador, en un solo acto, prohibiendo el pago en cuotas directo al empleado. Para evitar que eso asfixie a las pymes, prevé una línea del Banco Nación para cancelar el total y devolverlo en 12 cuotas (PyME) o 18 (Micro PyME), con actualización por IPC e interés anual fijo adicional.
Por último, regula el trabajo en plataformas con un sistema “dual”: si se cumplen ciertos indicios (por ejemplo control de precios/sanciones) y una habitualidad de 20 horas semanales, se presume relación de dependencia; si prima la esporadicidad y la autonomía, encuadra como trabajo autónomo. Suma herramientas como el alta administrativa de oficio ante empleo no registrado, y propone una baja progresiva de contribuciones patronales con un mínimo no imponible por empleador para impulsar el empleo formal y evitar “efectos umbral”. En defensa del enfoque, Olmos sostuvo que es un proyecto que “mira hacia el Siglo XXI y no al Siglo XIX”.
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