
Ante la presencia de ballenas y otros mamíferos marinos en la Bahía Ushuaia y la costa meridional de la península, la Prefectura Naval Argentina dispuso nuevas medidas para regular la navegación náutico-deportiva y comercial, con el objetivo de prevenir colisiones y reducir el impacto humano sobre los ecosistemas marinos.
Como autoridad marítima, la Prefectura emitió una disposición específica frente a la aparición estacional de la Ballena Franca Austral y otros cetáceos. Esta presencia se registra anualmente entre los meses de diciembre y julio, y convierte a la zona en un área clave para su tránsito y comportamiento natural.
La normativa fija condiciones operativas para la navegación, con el fin de minimizar situaciones de riesgo por impactos o acercamientos excesivos. Según lo establecido, las embarcaciones deberán tomar recaudos especiales al detectar cetáceos en el área. Una de las exigencias es notificar de inmediato a la autoridad marítima el avistaje de cualquier especie, informando la posición y rumbo del animal o el lugar aproximado del avistaje, de modo que la Estación Costera L3P Prefectura Ushuaia pueda emitir el correspondiente aviso a los navegantes.
Además, se definieron zonas de navegación con diferentes niveles de restricción según la distancia con respecto a los cetáceos:
A menos de 50 metros: Zona Excluyente
A menos de 100 metros: Zona No Recomendable
A menos de 200 metros: Zona de Precaución
A 300 metros: Zona de Observación
A 400 metros: Zona Segura
Otro de los puntos claves indica que las embarcaciones deben disminuir su velocidad al mínimo compatible con la maniobra del buque y mantener una distancia prudencial de al menos 200 metros. Además, deben evitar detenerse y mantenerse en vigilancia constante, sobre todo durante el período de mayor presencia de ballenas.
La disposición también especifica cómo deben actuar los navegantes si se encuentran con un ejemplar a una distancia inferior a la indicada: “Se deberá esperar; no acercarse por la cola; no acercarse por la cabeza y no cruzar por la cabeza. En caso de tener que alterar indefectiblemente el rumbo de la embarcación, disminuir la velocidad (del modo indicado en la disposición) y cruzar por la cola.”
Las restricciones no sólo alcanzan a buques y embarcaciones, sino también a toda actividad acuática cercana a las playas, incluyendo kitesurf, windsurf, kayakismo, remo, pesca deportiva embarcada, stand up paddle, vela ligera y otras prácticas recreativas o comerciales.
En el caso del buceo, queda prohibido cualquier acercamiento a cetáceos, tanto en actividades deportivas como comerciales, para evitar accidentes que puedan poner en riesgo a las personas o a los animales.
La Prefectura también dispuso notificar a Agencias Marítimas, Empresas Armadoras, Remolcadores, Prácticos, Clubes Náuticos y toda institución vinculada con la protección de la Ballena Franca Austral (Eubalaena australis), una de las especies emblemáticas del litoral fueguino.
Estas medidas buscan resguardar el hábitat natural de los cetáceos, cuya presencia en el sector austral del hemisferio sur resulta fundamental para su ciclo migratorio.
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