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Octubre tendrá un fin de semana XXL: ¿cuántos feriados le quedan al año?

Se va septiembre, un mes que no tuvo feriados. Entonces, ¿cuándo marcamos en el calendario el próximo descanso para los trabajadores y la chance para hacer alguna escapada turística?

La buena noticia es que tras este período largo sin feriados nacionales, llegará un fin de semana XXL de cuatro jornadas en octubre.

Sucede que el gobierno nacional eligió el año pasado que este viernes 8 de octubre sea un feriado con fines turísticos, uno de los tres que se pueden definir oficialmente para cada oño.

Tras el viernes 8 llegará el sábado 9 y el domingo 10 de octubre. Por último, el lunes 11 de octubre se celebrará otro feriado nacional trasladable.

Este año, para conformar un fin de semana largo de cuatro días se decidió trasladar el Día del Respeto a la Diversidad Cultural del martes 12 de octubre al lunes anterior. Así es que en octubre habrá un fin de semana largo de cuatro días sin tener que ir a trabajar.

¿Qué otros feriados quedan en el año?

Se está terminando el 2021 pero quedan aún algunos feriados y días no laborables para disfrutar en la Argentina.

Los feriados que quedan en 2021 son los siguientes, de acuerdo al calendario oficial de feriados:

8 de octubre: Feriado con fines turísticos

11 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural

20 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional

22 de noviembre: Feriado con fines turísticos

8 de diciembre: Inmaculada Concepción de María

25 de diciembre: Navidad

Por otra parte, vale la pena recordar que muchas empresas otorgan beneficios extra a sus empleados para Fin de Año. Muchos quizás puedan trabajar media jornada el 24 y 31 de diciembre, en anticipación para los festejos del 25 (Navidad) y 1 de enero de 2022.

¿Qué diferencia hay entre feriados y días no laborables?

Para muchas personas pueden parecer similares, pero no son iguales.

Los feriados y los días laborables tienen diferencias que todos los empleados deben conocer para poder saber cuándo deben trabajar, cuándo no y qué pueden exigir en cada caso.

Durante los feriados los empleados no tienen la obligación de trabajar. Si lo hacen, se les debe abonar jornada doble (un 100% más que un día normal). Y cuando un día feriado tradicional no se trabaja, se abona a los empleados como jornada simple, aunque no hayan concurrido a la oficina o realizado tareas.

En los días no laborables, a diferencia de los feriados, los empleadores son quienes tienen la decisión de hacer trabajar o no a sus empleados.

En ese caso, si esa fecha se prestan tareas no se incluye ningún pago adicional ni diferenciado, es decir que el es igual que cualquier otro día en que la persona trabaje. Sin embargo, la distinción con los días regulares de trabajo está en otro lado: si no hay actividad laboral por decisión del empleador, el día no se recupera.

Por otra parte, una jornada considerada como "día no laborable" sí afecta a la administración pública. "No laborable" significa que las empresas y empleadores tienen la potestad de determinar si les dan o no el día libre a sus empleados, por lo cual no corre para todos los trabajadores por igual.

No obstante es importante definir que en los casos en los que los empleadores decidan que se trabaja en esas fechas, esa jornada se abona de manera normal, sin obligación de que el trabajador perciba un adicional como ocurre con los días feriados, que se pagan el doble.

En el calendario oficial que indica los feriados -trasladables e inamovibles- y los días no laborables, cada uno está marcado con un color diferente. De este modo, cuando se consulta ese almanaque es posible saber qué día responde a qué categoría.

¿Qué es un feriado por fines turísticos?

Desde 2017 en la Argentina rige la Ley N° 27.399 que habilita al gobierno nacional a elegir tres fechas por año y declararlas feriados por fines turísticos.

Las fechas elegidas suelen ser definidas en función de generar fines de semana largos en asociación con los feriados nacionales tradicionales, trasladables o inamovibles, de manera que permitan un período más prolongado de descanso y habiliten a los trabajadores a realizar actividades de turismo.

Esto es así ya que la mencionada ley indica que esas jornadas deben ser destinadas a promover la actividad turística, y que por ello deberán coincidir con los días lunes o viernes.

En diciembre de 2020 la administración de Alberto Fernández eligió para este año las siguientes fechas como feriados con fines turísticos:

24 de mayo

8 de octubre

22 de noviembre

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