
Diversas organizaciones feministas de Tierra del Fuego presentaron un pedido formal al gobernador Gustavo Melella solicitando el veto parcial de la ley que crea el Registro de Defunciones Fetales, recientemente aprobado por unanimidad en la Legislatura provincial. El planteo se basa en que la norma fue sancionada sin consulta previa a colectivos especializados y podría vulnerar derechos reconocidos por la Ley Nacional 27.610 de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE).
La modificación a la Ley Orgánica del Registro Civil N° 887, sancionada en la última sesión legislativa, incorpora el Registro de Defunciones Fetales con carácter facultativo. La inscripción puede ser solicitada por los padres, de manera conjunta o indistinta, y en ciertos casos también por ascendientes de primer grado.
Desde los colectivos que trabajan con derechos sexuales y reproductivos expresaron su preocupación por el alcance de la normativa. Betania Longhi, integrante del Movimiento de Mujeres Paritaristas, afirmó en declaraciones a Radio Provincia que el proyecto fue aprobado “sin perspectiva de género, sin diálogo con organizaciones feministas ni con la Mesa de Parto Respetado, y desconociendo los derechos de las personas gestantes”.
Riesgos de retroceso en derechos
Según Longhi, el texto presenta puntos sensibles que podrían colisionar con el marco legal vigente en materia de derechos sexuales y reproductivos: “La gestación es una cuestión de género, no se puede legislar sobre el duelo perinatal sin escuchar a las mujeres y personas gestantes. El registro puede representar una vulneración a la autonomía, sobre todo si la inscripción puede ser realizada por terceros”, sostuvo.Uno de los puntos más controvertidos es que la ley permite que los ascendientes —en ausencia de los padres— puedan solicitar la inscripción de la defunción fetal, incluso sin el consentimiento expreso de la persona gestante. “Se está retirando la decisión a la mujer y a la persona gestante, y eso contradice el principio de autonomía garantizado en la Ley 27.610”, advirtieron desde los colectivos.
La postura del autor del proyecto
El legislador Pablo Villegas (MPF), impulsor de la iniciativa, defendió el proyecto en redes sociales y medios locales. “Parece que algunos se ven interpelados o molestos por reconocer a los niños fallecidos en el vientre materno con el nombre con el que soñaron sus padres, y no como NN”, escribió en su cuenta de Twitter, criticando el pedido de veto parcial.En declaraciones al programa Periodismo de Radio Provincia, Villegas negó que la ley entre en conflicto con la normativa nacional sobre interrupción del embarazo y sostuvo que el objetivo del registro es “humanitario”. Agregó que la iniciativa surgió a partir de un caso específico: el de Rodrigo y Yanela, padres de Benicio, quien falleció durante el trabajo de parto en el Hospital Regional de Ushuaia.
Asimismo, destacó la ausencia de estadísticas locales sobre muertes perinatales y señaló que Tierra del Fuego aún no adhirió a la Ley Nacional 27.733, que establece un régimen de atención integral frente a la muerte perinatal.
Qué establece la ley aprobada
El Registro de Defunciones Fetales permitirá la inscripción de “niños concebidos no nacidos que hayan fallecido dentro del vientre materno”, sin importar la edad gestacional ni la causa de la muerte. La inscripción será facultativa, podrá ser solicitada por los padres o por ascendientes bajo determinadas condiciones, y tendrá carácter meramente declarativo.La norma autoriza a quienes realicen la inscripción a elegir nombres y apellidos para el feto fallecido, aunque aclara que dicha inscripción no genera derechos sucesorios ni modifica el estatus jurídico de las personas.
Se estableció además un plazo de un año para la inscripción posterior al fallecimiento y una disposición transitoria que habilita un período de dos años para registrar muertes anteriores a la entrada en vigencia de la ley.
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