La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió admitir el recurso federal presentado por la empresa Transporte Roanmat S.R.L., en el marco de la causa por la posesión del complejo donde se encuentran las Termas del Río Valdez, en la ciudad de Tolhuin.
La decisión del máximo tribunal nacional introduce un giro relevante en el conflicto judicial, apenas dos semanas después de que el Municipio habilitara el ingreso del público al predio. La firma había presentado distintas acciones judiciales denunciando haber sido víctima de un “desalojo inconstitucional” tras la toma del complejo por parte del Ejecutivo municipal.
El recurso admitido por la Corte fue interpuesto luego de que el Superior Tribunal de Justicia de Tierra del Fuego fallara a favor del Municipio, avalando la recuperación del predio y poniendo fin, en ese momento, a un litigio que se había extendido hasta principios de 2025.
En su presentación ante la Corte, la defensa de Roanmat cuestionó la legalidad del fallo provincial, denunciando la existencia de graves irregularidades jurídicas y constitucionales. Entre los argumentos centrales, la empresa sostuvo que el complejo termal no constituye un bien público, sino un bien privado del Estado, lo que —según su postura— torna inaplicable el procedimiento utilizado para el desalojo.
Asimismo, el recurso planteó que se habría vulnerado el derecho de defensa en juicio, al imponerse plazos considerados exiguos para responder a las actuaciones administrativas y judiciales. En ese sentido, se cuestionó que la notificación y el desalojo se concretaran en un lapso de cinco días, situación que la empresa calificó como incompatible con lo establecido en el artículo 18 de la Constitución Nacional.
La admisión del recurso no implica aún una resolución de fondo, pero habilita la revisión del caso por parte de la Corte Suprema, reabriendo un escenario de incertidumbre jurídica sobre el futuro del complejo termal recientemente habilitado al público.
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